Publicado: Viernes, 15 de agosto de 2008 a las 16:03 enviar Enviar imprimir Imprimir compartir Compartir crecer disminuir Texto

Corte se opone a despenalizar el aborto

La SCJN propuso declarar inconstitucionales las reformas que permiten la interrupción del embar el ministro Sergio Aguirre propuso conservar las sanciones a las mujeres se practiquen un abort

CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propuso declarar inconstitucionales las reformas que permiten la despenalización del aborto en el Distrito Federal antes de las 12 semanas de gestación. 

La entidad puso a disposición su propuesta en su sitio electrónico

Este proyecto puede ser aprobado, rechazado o modificado por los demás integrantes de la Corte, pero para invalidar estas reformas se necesita que una mayoría calificada de ocho de los 11 ministros que integran el pleno respalden la propuesta de Sergio Aguirre Anguiano.

En el documento también se pueden consultar los argumentos a favor y en contra de estas modificaciones, establece que se deben invalidar diversas porciones normativas que no castigan a las mujeres que aborten antes de las 12 semanas.

El ministro Sergio Aguirre Anguiano propuso conservar las sanciones "de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o permita que otro la haga abortar", sin hacer diferencia entre el periodo de gestación.

De igual forma, el ministro ponente propuso declarar válido el artículo 16 bis-6, tercer párrafo, de la Ley de Salud para el Distrito Federal, que establece que el gobierno capitalino atenderá las solicitudes de interrupción del embarazo, con la precisión de que se hará en los casos conocidos como aborto necesario.

Sergio Aguirre rechazó la solicitud contenida en las acciones de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007 que presentaron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Procuraduría General de la República (PGR), de invalidar el último párrafo del artículo 16 bis-8 de la Ley de Salud local, que habla de los servicios de atención a la salud sexual y reproductiva.

Dicha porción normativa contiene además las obligaciones del gobierno local para ofrecer de forma permanente servicios gratuitos de información y orientación en la materia, así como el suministro de los métodos anticonceptivos cuya eficacia y seguridad estén acreditadas científicamente. 


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