
| Publicado: Viernes, 29 de agosto de 2008 a las 12:49 |
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Además, establece los criterios generales para que las cámaras de Diputados y de Senadores lleven a cabo su análisis y, en su caso, citen a comparecer a los servidores públicos a que se refiere el Artículo 69 constitucional y formulen preguntas por escrito al presidente de la República.
El texto señala que la sesión de Congreso General tendrá lugar a las 17:00 horas del lunes 1 de septiembre en el salón del Palacio Legislativo de San Lázaro, en donde se pasará lista de asistencia, se hará la declaratoria de apertura y se tendrán las intervenciones de los grupos parlamentarios.
El presidente del Congreso de la Unión llevará a cabo la recepción y trámite del informe presidencial con declaratoria formal de recibido; asimismo, las mesas directivas de las cámaras recibirán el documento para efecto de su formal presentación en la sesión de Congreso General.
Permiso para viajar
La Secretaría de Gobernación publicó el decreto que reforma el Artículo 88 constitucional, mediante el cual se otorga permiso al presidente de la República para ausentarse de territorio nacional hasta por siete días.
El documento señala que el titular del Ejecutivo federal podrá salir del país, luego de informar previamente a la Cámara de Senadores o a la Comisión Permanente de los motivos de su partida, así como de los resultados de las gestiones realizadas.
El acuerdo que entra en vigor este 30 de agosto y publicado en el Diario Oficial de la Federación, precisa que en caso que la ausencia sea mayor a una semana, entonces se requerirá de un permiso del Senado y de la Comisión Permanente.
Antes de dicha reforma no se otorgaba permiso al mandatario federal para ausentarse del país sin la autorización del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente.
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