
| Publicado: Jueves, 11 de diciembre de 2008 a las 08:42 |
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El rotativo informó que la medida aplicará a todo el país y las compañías telefónicas deberán conservar las grabaciones y registros durante un año.
Los datos sólo podrán ser utilizados por los procuradores de la República y estatales, a fin de garantizar su uso exclusivo en investigaciones policiacas, informó el periódico.
Los cambios están contemplados en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, que fue enviada por el Senado al Ejecutivo federal para su promulgación.
El artículo 44 de esta ley, que crea el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, precisa el catálogo de obligaciones para quien ofrezca este servicio en territorio mexicano. En su fracción se establece que se deberá “conservar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de línea que utilice numeración propia o arrendada, bajo cualquier modalidad”.
“La obligación de conservación de datos a que se refiere la presente fracción cesa a los doce meses, contados a partir de la fecha en que se haya producido la comunicación”, indica la ley. Ordena que “los concesionarios tomarán las medidas técnicas necesarias respecto de los datos objeto de conservación, que garanticen su conservación, cuidado, protección, no manipulación o acceso ilícito, destrucción, alteración o cancelación, así como el personal autorizado para su manejo y control”, informó Excélsior.
