Si lo entiende aplíquelo
Ya esta en circulación el posible decreto que se espera se publique en esta semana para atenuar los efectos del IETU en ciertos sectores. Este impuesto sigue la carrera que todo gravamen debe sufrir en este país: de ser una contribución sencilla se convierte en un monstruo de siete cabezas. Este decreto es una muestra que las regulaciones simples no funcionan.
Mediante el mismo se otorgan ciertos estímulos, los cuales resultan complicados aplicar y entender, pero si logra descifrarlo beneficiará a:
- Empresas con grandes inventarios de materias primas, productos semiterminados, productos terminados o mercancías al 31 de diciembre de 2007, cuyo costo de lo vendido sea deducible para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta
- Contribuyentes que tengan pérdidas fiscales pendientes de disminuir a partir del ejercicio fiscal de 2008 para los efectos del impuesto sobre la renta, generadas en alguno de los ejercicios fiscales de 2005, 2006 y 2007,
- Contribuyentes que realicen enajenaciones a plazo y que para los efectos del impuesto sobre la renta hubieran optado por acumular únicamente la parte del precio cobrado en el ejercicio, por las enajenaciones a plazo efectuadas con anterioridad al 1 de enero de 2008, aún cuando las contraprestaciones relativas a las mismas se perciban en esa fecha o con posterioridad a ella
· Empresas que lleven a cabo operaciones de maquila
- Contribuyentes, personas morales que cuando menos el 95% de sus operaciones las efectúen con el público en general con cuentas y documentos por pagar
Y si de beneficiados hablamos, la SHCP olvidó a las personas físicas con ingresos por honorarios y los arrendadores, los cuales resultarán afectados también con este nuevo gravamen.
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