Publicado: Miércoles, 03 de octubre de 2007 a las 11:17 enviar Enviar imprimir Imprimir compartir Compartir crecer disminuir Texto

5 países reconocen al IETU

Gran Bretaña, Italia, India, Sudáfrica y Bahamas permitirán la acreditación del nuevo impuesto; sin embargo, el principal socio comercial, EU, aún no ha dado el visto bueno.

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión.com) — Gran Bretaña, Italia, India, Sudáfrica y Bahamas han reconocido ya al nuevo Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) como parte de los tratados para evitar la doble tributación, informó el secretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Agustín Carstens.

“Las conversaciones con otros países, muy en particular con los Estados Unidos, van por muy buen camino y es previsible que también se logre el acreditamiento de este impuesto, lo cual significa un reconocimiento de la fortaleza de la fórmula propuesta y aprobada por esta soberanía”, aseguró el funcionario el martes a diputados.

La SHCP había venido manifestando confianza en que las autoridades hacendarias estadounidenses reconocieran el nuevo impuesto y permitieran su acreditación, toda vez que grava los ingresos.

El director general adjunto de Tratados Internacionales de Hacienda, Armando Lara Yaffar, indicó en julio que ya habían avances en las pláticas con las autoridades de Estados Unidos, pero no se tomaría ninguna decisión hasta que el nuevo impuesto fuera oficial.

Sin embargo, expertos fiscales de Deloitte y Ernst & Young han venido manifestando que no existen antecedentes que permitan anticipar que EU permita la acreditación del IETU, ya que no ha permitido la acreditación de impuestos similares que tienen otras naciones.

México envía más del 80% de sus exportaciones al mercado estadounidense, país que es también el que más Inversión Extranjera Directa realiza.

El IETU sustituye al Impuesto al Activo (IMPAC) y se cobra sobre lo que resulte de los ingresos percibidos y efectivamente cobrados menos las deducciones autorizadas, efectivamente pagadas. La tasa del nuevo gravamen es de 16.5% para 2008, 17% para 2009 y de 17.5% a partir de 2010.

El IETU tiene diversas restricciones, como el no poder deducir los intereses derivados del financiamiento y una serie de partidas que aún están pendientes de aplicarse por las empresas, tales como los inventarios, el 50% de las inversiones realizadas con anterioridad a la entrada en vigor del impuesto, y el saldo de las pérdidas fiscales sufridas en ejercicios anteriores

Los contribuyentes en México deberán pagar el gravamen que resulte más alto entre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el IETU.


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