| Revisar saldos a favor | 3 - 5 |
Los saldos a favor son una buena opción para ahorrar en tu pago de impuestos. (Foto: Archivo)
La principal ventaja de esta opción es que "puedes aplicarlo para cubrir los nuevos impuestos compensando los saldos, y así no tienes que sacar dinero en efectivo para cumplir estas obligaciones", dice Ávila.
"Bajo el sistema actual prácticamente todos los impuestos son acreditables entre sí, es una especie de compensación universal", precisó Liñero.
Para aplicarlo debes llevar al SAT una copia de tu declaración anual ya presentada donde se determina el saldo a favor (ejercicio 2007, por ejemplo), una copia de la que presentas y donde quieres compensar (2008), original y copia de la identificación oficial y formato 41 por duplicado y anexos, que puedes descargar de la página del SAT. Además las constancias de retención y los pagos provisionales en su caso, señaló la contadora Juana Aguilar.
Para tener derecho a recuperar un saldo a favor tienes cinco años. A partir del 16 de febrero las compensaciones se van a poder hacer a través de Internet, así que ya no será necesario ir al SAT.
Esta opción no aplica a cuotas retenidas, recaudadas y trasladadas, sólo a impuestos generados directamente, y debe presentarse en los cinco días hábiles después de realizar la compensación.
SIGUIENTE: Pago en plazos
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| Publicado: Jueves, 12 de febrero de 2009 a las 17:32 |
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