¿Qué es el reparto de utilidades?

Gracias a este derecho debes recibir una parte de las ganancias de tu empresa o patrón. Aprovéchalo.

Publicado: Miércoles, 31 de diciembre de 1969 a las
¿Tengo derecho a recibir utilidades? 2 - 3
Todos los trabajadores que laboren en forma personal y subordinada y perciban un salario, con excepción de los siguientes:

-         Los directores administradores y gerentes generales de la empresa.

-         Socios o accionistas de la empresa.

-         Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.

-         Profesionistas, técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinada.

-         Los trabajadores domésticos.

¿Cuándo debes recibirlas?

 

 

SIGUIENTE: ¿Qué hacer con el dinero extra?



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