Qué hacer si me despiden del trabajo
Si fuiste víctima de un recorte de personal en tu empresa, conoce cuales son tus derechos laborales
Publicado: Miércoles, 31 de diciembre de 1969 a las
Verifica que todos los pagos sean de acuerdo a la ley. (Archivo)
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Si sufriste un despido, no todo está perdido, tienes derecho al pago de varios conceptos:
- Indemnización constitucional: Consiste en tres meses de tu salario, como sanción que la Ley establece al patrón por privarte injustificadamente de tu fuente de trabajo y para compensar el tiempo que te tomará encontrar un nuevo empleo.
- Finiquito, que son las cantidades adeudadas al trabajador y que, por lo tanto, no son negociables. Está integrado por:
- Salarios devengados, es decir, el salario que generaste hasta el último día de labores.
- La parte proporcional de las prestaciones legales: aguinaldo, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional,
- La parte proporcional de las prestaciones contractuales, que son las que no están contenidas en la Ley, pero que tu empresa otorga regularmente, como es el caso del fondo de ahorro.
- La prima de antigüedad, consistente en doce días de salario por cada año de servicios, incluyendo los años incompletos en la parte proporcional.
En algunas organizaciones además de la indemnización constitucional, se acostumbra pagar 20 días de salario por cada año laborado (cubriendo solamente años completos).
Los patrones sólo están legalmente obligados al pago de los tres meses, sin embargo, cuando entrega una prestación adicional a la legal por costumbre, se convierte en pago obligatorio a favor de los trabajadores.
Finalmente, es factible también que la empresa negocie contigo el monto final de la indemnización, lo cual debe ponerse por escrito y firmado de conformidad por ambas partes.
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