Cuidado con los depósitos en efectivo
A partir de julio habrá que pagar 2% sobre cualquier depósito en efectivo superior a 25,000 pesos.
Los bancos no tendrán que pagar el gravamen (Archivo).
2. Las entidades de la administración pública paraestatal que estén consideradas como no contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
3. Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
4. Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras.
Se incluyen, dentro de los depósitos en efectivo por los cuales no se pagará el impuesto, los que se realicen en cuentas de instituciones de seguros con motivo del pago de primas, aún cuando se efectúen en cuentas concentradoras.
5. Las personas físicas y morales por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias, abiertas con motivo de los créditos que les hayan sido otorgados por instituciones del sistema financiero, hasta por el monto adeudado a dichas instituciones.
SIGUIENTE: Y para recuperarlo…
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